El tope de incremento en la tarifa de gas dispuesto
por el Gobierno del 400 por ciento para los usuarios residenciales y del 500
por ciento para los comerciales, vigentes hasta el 31 de diciembre próximo,
tiene una fórmula de cálculo con la que los usuarios pueden constatar la
correcta liquidación.
Fuentes del
Ministerio de Energía explicaron a Télam que el cálculo se hace a través de un
mix que toma en cuenta el consumo en metros cúbicos de la nueva factura y otros
datos correspondientes al cuadro tarifario de la categoría correspondiente
vigentes hasta el 31 de marzo, que se encuentran en la boleta anterior, cuando
todavía regía el esquema de subsidios, y el subtotal que surge de ese cálculo
debe ser multiplicado por 5, para obtener el incremento del 400 por ciento en
el caso del usuario residencial, o por 6 para el 500 por ciento previsto como
tope para pymes y comercios.
A modo de
ejemplo, un usuario residencial R1 que tiene un consumo de 150 metros cúbicos
en su nueva factura (posterior al 1 de abril) debe multiplicar esa cantidad por
el valor en pesos por metro cúbico que se identifica como cargo variable que se
encuentra publicado en la boleta vigente hasta el 31 de marzo. A ese resultado
se le debe sumar el cargo fijo y el cargo del Focegás, también del cuadro
tarifario vigente hasta esa fecha.
El resultado
de esta última suma (cargo fijo + Focegas + (cargo variable x consumo)) se debe
multiplicar por 5 (usuario residencial) o por 6 (pymes/comercial) que son lo
topes establecidos por el Gobierno en su resolución 99/2016 del Ministerio de
Energía, publicada el 7 de junio.
La estimación
-a la que luego hay que aplicarle los cargos impositivos de cada jurisdicción-
permitirá al usuario ver si la nueva boleta, que comprende al período iniciado
el 1 de abril, se encuentra dentro o fuera de los topes fijados por el
gobierno.
De esta forma,
a los clientes que ya pagaron facturas con incrementos superiores a los límites
fijados, se les deberá aplicar un reintegro en la siguiente factura, mientras
que los clientes que todavía no la abonaron, si corresponde, pueden solicitar a
la empresa distribuidora que se les refacture teniendo en cuenta el nuevo
análisis de consumo.
En los casos
en que como resultado de ese cálculo se superen los topes establecidos, las
distribuidoras de gas -al momento de devolver el monto cobrado de más- deberán
generar un crédito en la boleta siguiente bajo la leyenda: "Bonificación
según Resolución MEyM N° 99/16".
Desde el
Ministerio de Energía también se destacó que con el objetivo de acompañar a los
clientes en este nuevo proceso, la factura contará con dos cupones de pago que
les permitirá abonar mensualmente el consumo bimestral.
Este cambio de esquema de incremento tarifario le representa al Estado
un costo fiscal de 5.600 millones de pesos, a partir de la implementación de
los topes.
Fuentes: Télam / Mundo Norte