En Democracia No hay nada más valioso
y esencial que el derecho a poder preguntar y solicitar Información.
El 28 de septiembre
como el "Día Internacional del Derecho de Acceso Universal a la
Información," después de que la UNESCO aprobara la resolución
38/ 70 del 17 de noviembre del 2015.
El Día Internacional del Derecho de Acceso Universal a la
Información tiene especial relevancia para la nueva Agenda 2030 del Desarrollo
Sostenible y, en particular, para Objetivo del desarrollo sostenible que
exige garantizar el acceso público a la información y la protección de las
libertades fundamentales.
Tal es la Importancia del acceso a la Información que se encuentra reconocido en la Convención de Naciones Unidas Contra la Corrupción, Convención Interamericana Contra La Corrupción. El derecho de acceso a la información se define como el derecho de toda persona de buscar y recibir información en poder del gobierno, de las instituciones públicas y de las instituciones particulares que reciban fondos del Estado para su subsistencia y operatividad. Dicho derecho se reconoce como fundamental para el desarrollo pleno de una sociedad democrática y resulta instrumental porque a través de él se acceden a otros derechos.
El Acceso a la Información Pública (AIP) es clave para un debido y comprometido control social sobre las acciones de gobierno y sus resultados, genera mayores niveles de participación comunitaria en los asuntos que competen a todos y son de tamaña importancia para la lucha contra la corrupción y el mal desempeño de agentes públicos como así de resultados negativos de acciones y políticas llevadas a cabo por los responsables de áreas estatales, instituciones públicas y privadas cuyo sostenimiento se basa en dineros públicos.
La
Argentina ha transitado, en esta materia, un camino sinuoso ya que hasta hace
muy poco y analizados nacionalmente estábamos muy mal posicionados en el
ranking de naciones con respecto a la temática del AIP, salvo algunas honrosas
excepciones distritales (provincias y municipios).
En el Gobierno anterior (Cambiemos) el
panorama cambió sustancialmente con la
sanción de la Ley Nacional 27.275 del año 2016 que regula el derecho de
acceso a la información pública y que en su parte preliminar establece un
objeto claro “garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la
información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de
la gestión pública”, y se funda en una serie de principios que a continuación
se detallan: presunción de publicidad, transparencia y máxima divulgación,
informalismo, máximo acceso, apertura, disociación, no discriminación, máxima
premura, gratuidad, control, responsabilidad, alcance limitado de las
excepciones (causales por los cuales se deniega la entrega de información), in
dubio pro petitor (interpretación en caso de duda a favor de la vigencia del
derecho a la información), facilitación y buena fe. Cabe destacar que la ley en
cuestión toma los preceptos internacionales en la materia referenciados por la
ONU (Organización de Nacionales Unidas) y posee estándares altamente óptimos.
Que
los ciudadanos estén informados abre las puertas a todos sus otros derechos,
por tal motivo podemos afirmar que el derecho al acceso a la información es una
llave que nos muestra un futuro mejor, más justo y más democrático.
Finalmente,
es importante hacer docencia, explicando y trasmitiendo que este conjunto
temático como elementos troncales para construir y solidificar una democracia
transparente, moderna, inclusiva y que dé respuestas efectivas a los
ciudadanos.
Una
ciudadanía activa es el motor y fortalecimiento de la Democracia y el pueblo
tiene el derecho a saber lo que hacen sus funcionarios.
Como
menciona Oscar Oszlack en “El estado en la era Exponencial”, la información
pondera al ciudadano y nos permite avanzar en Nuevos Paradigmas de
Funcionamiento del estado más actualizado a los nuevos tiempos.
El
Desarrollo del Acceso a la Información puede significar un cambio fundamental
en el fortalecer la Transparencia y la democracia.
Lic. Javier Marcos Argolo