Comprende
a embarcaciones deportivas o de recreación. Hay un nuevo plazo hasta el 18 de
diciembre. Los vecinos interesados deberán
concurrir a la oficina de Descentralizacion Tributaria, Bourdieu 543, en el
horario de 8 a 14 hs.
La Secretaría de Ingresos Públicos
Municipal, a través de su Dirección de Descentralización Tributaria, informa
que por Resolución Normativa Nº 40/12 de la Agencia de Recaucacion de la Provincia
de Buenos Aires, se propicia una
prorroga hasta el 18 de diciembre, para dar cumplimiento al
reempadronamiento obligatorio que deberán realizar todos los contribuyentes
alcanzados por el Impuesto establecido en el Libro Segundo, Título III,
Capítulo III del Código Fiscal (Ley Nº 10397, T.O. 2011 y sus modificatorias),
que comprende a las Embarcaciones Deportivas y/o de Recreación.
A los fines de cumplimentar el mencionado,
aquellos contribuyentes con embarcaciones en Guarda, Fondeo o amarre en la
jurisdiccion del Partido de Tigre, deberán concurrir a la oficina de
Descentralizacion Tributaria, Bourdieu 543
-Tigre- en el horario de 8.00 a 14.00 hs. , donde deberán presentar la
siguiente documentación:
a) Declaración jurada según formulario
R 650 v3.
b) Original y copia del documento de
identidad del contribuyente.
c) Original y copia del Certificado de
Matrícula otorgado por Prefectura Naval Argentina.
d) Original y copia de la póliza de
seguros.
e) Original y copia de la factura de
compra de la embarcación, boleto de compraventa o escritura pública traslativa
de dominio, según el caso.
Los contribuyentes que no cumplan en tiempo y
forma con lo dispuesto en la presente Resolución serán pasibles de las
sanciones que correspondan, de acuerdo con lo establecido en el Código Fiscal
(Ley Nº 10397, T.O. 2011 y modificatorias).
Asimismo, se informa que
por Resolución Normativa 043/12 se prorroga el vencimiento de la cuota 2012 –
02 al 14 de diciembre de 2012.
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