Con el argumento de cuidar el
superávit fiscal el presidente Milei amenaza con vetar el proyecto de ley que
modifica la movilidad. Sin embargo, el proyecto protege más las cuentas
públicas que el DNU del gobierno. Por eso, para darle sostenibilidad al equilibrio
fiscal la mejor alternativa es implementar correctamente la ley.
El gobierno nacional sancionó
en marzo el Decreto de Necesidad de Urgencia N° 274/24 modificando la fórmula
de movilidad previsional. Estipuló que las jubilaciones se ajustarán
mensualmente con la tasa de inflación de 2 meses atrás. Como la nueva fórmula
se comenzó a aplicar en abril, las jubilaciones se actualizaron con la
inflación de febrero. Esto generó una inconsistencia debido a que, en marzo,
con la vieja fórmula, se aplicaron actualizaciones que tomaron variaciones
hasta diciembre 2023. Así, el DNU cubre parcialmente el “bache” de enero 2024
ya que para abril, además de la inflación de febrero, se sumó otro aumento, por
única vez, de 12,5%, cuando la inflación en enero fue del 20,5%.
La intencionalidad del
gobierno al fijar arbitrariamente un incremento muy por debajo de la inflación
de enero es contribuir al superávit fiscal. La contrapartida es
que potencia las debilidades jurídicas del DNU. Con la intención de corregir
esta situación –que es fuente generadora de alta judicialidad– la
oposición avanzó con la media sanción de un proyecto de ley estipulando que el
aumento por única vez en abril sea igual a la inflación de enero. Esto
reduce los riesgos de litigiosidad, pero aumenta el gasto público. La reacción
del presidente Milei fue amenazar con vetar la ley si sale sancionada.
La pregunta es cuál de
las dos alternativas es más consistente con el objetivo de un superávit fiscal
sustentable. Para responderla sirve el siguiente
ejercicio:
- En junio 2024 el haber
medio, incluyendo el bono que no está sujeto a la movilidad, se ubica
aproximadamente un 37% por debajo del nivel registrado en
el 2017.
- Con el proyecto con media sanción en
Diputados el haber medio sube 6%.
- Esto significa que el haber medio, aun con
el aumento del proyecto de ley de Diputados, todavía queda en junio 2024
un 33% por debajo del haber medio del 2017.
Estos datos muestran que el
proyecto de ley aprobado en Diputados mantiene la fuerte licuación que se
produjo en el gasto previsional desde el 2017, con la crisis inflacionaria
que se desató en el 2018 y que persiste hasta la actualidad. Desde este punto
de vista, el proyecto no aparece como desestabilizante de las cuentas públicas.
Por el contrario, mantiene el gasto previsional muy por debajo de los niveles
históricos.
Pero, además, la
expansión del gasto que implica hacer un empalme más consistente con la vieja
fórmula es menor a las erogaciones que demanda el bono de $70 mil que se le
viene pagando a los haberes más bajos. Como este bono es definido
discrecionalmente por el Poder Ejecutivo, cabe la posibilidad de que, por
decreto simple, se establezca una regla de pago del bono más restrictiva que
focalice mejor entre los beneficiarios más vulnerables. De esta forma, se podría
lograr un ahorro similar que compense el mayor costo que genera la nueva regla
de movilidad del proyecto de Diputados.
Para disipar polémicas en
torno al proyecto de ley de Diputados hay que tener en cuenta que la
contabilidad pública, a diferencia de la privada, registra el gasto de un
juicio cuando se paga, no cuando se produce el hecho que lo genera. Esto es
consecuencia de que en el Estado no se contabilizan las previsiones durante el
periodo en el que el gasto se devenga como ocurre en el sector privado. Al
no registrar previsiones por juicios de movilidad, se sobrevalora el superávit
fiscal que se logra con el DNU. Por el contrario, el proyecto de Diputados,
al reducir los riesgos de juicios, no genera “erogaciones ocultas” por futuros
juicios.
Planteada objetivamente la comparación, el proyecto de Diputados preserva más el superávit fiscal que el DNU. La razón es que hay una frondosa jurisprudencia que advierte que la movilidad tiene que ser regulada por ley y que el ensamble con la fórmula que se sustituye tiene que ser consistente. El DNU por su naturaleza jurídica y su empalme arbitrario crea un campo extremadamente fértil para que florezca la litigiosidad. El proyecto de ley corrige esta debilidad jurídica, mantiene el gasto muy por debajo del promedio histórico y permite que el mayor costo pueda ser compensado con el rediseño del bono.
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