La cancelación de la jubilación y pensión de Cristina Kirchner es fuente de intensas polémicas. En realidad, este caso testimonia un problema más general e importante que es la proliferación de regímenes especiales y la múltiple cobertura que se genera con la acumulación de jubilación propia más la pensión por viudez.
La decisión de dar de baja a
la jubilación y pensión de Cristina Kirchner es motivo de fuertes
controversias. Un rasgo que potencia la complejidad es que se mezclan
cuestiones políticas relacionadas con la corrupción, con cuestiones de derechos
relacionadas con el sistema previsional. Concentrando la atención
exclusivamente en la cuestión previsional el caso lleva a analizar reglas
previsionales con alto impacto sobre la equidad y sustentabilidad.
Por un lado, aparecen los
regímenes especiales. En el sistema previsional hay un conjunto de regulaciones
que rigen con carácter general y, en paralelo, una gran cantidad de regímenes
especiales que benefician a determinados colectivos de trabajadores otorgándoles
tratamientos de excepción. Entre ellos, menores requisitos de edad y años de
servicios, mayor monto del haber y regla de movilidad más ventajosa. Por otro
lado, aparecen las pensiones derivadas. Esto es el derecho que tiene una
persona, que demuestra haber estado conviviendo con un jubilado que fallece, a
recibir de por vida una pensión.
¿Cuán relevante son estas
regulaciones? Sumando todos los esquemas previsionales que hoy conviven en la
Argentina, hay 10 millones de jubilaciones y pensiones. Según la normativa bajo
la cuales fueron concedidas, se pueden distinguir las siguientes tipologías:
El 20% fueron otorgadas con las reglas del régimen general.
Un 18% fueron otorgadas con
algún régimen especial o diferencial.
El 62% son pensiones no
contributivas, Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) o fueron otorgadas
usando las moratorias sin aportes completos.
Estos datos muestran que
apenas 1 de cada 5 jubilaciones y pensiones corresponden al régimen general.
Las otras 4 están reguladas por regímenes especiales, diferenciales o fueron
otorgadas con el régimen general pero con la excepción de no cumplir con todos
los aportes. Es decir, en el sistema previsional argentino la excepción es la
regla. Con relación a las pensiones, se estima que 1 de cada 5 beneficiarios
cobran más de un beneficio, es decir, a su jubilación le suman una pensión
derivada por la muerte de su pareja.
Si bien el régimen para
ex-presidentes y ex-vicepresidentes es muy controversial, desde el punto de
vista del financiamiento del sistema tiene un impacto menor. Mucho más
importante es el cúmulo de regímenes a través de los cuales muchas personas
acceden a un tratamiento especial. Este fenómeno explica una parte importante
de los problemas financieros y de equidad que sufre el sistema previsional. En
el mismo sentido, que Cristina Kirchner sume a su jubilación la pensión
derivada de su ex-marido no es un caso aislado, sino apenas un testimonio de un
fenómeno masivo, creciente y muy difícil de administrar. Por ejemplo, entre las
otras pensiones derivadas de ex-presidentes hay casos donde, a la muerte del
ex-presidente, quien accedió a la pensión estaba separada. Hay que tener en
cuenta que la pensión derivada se contempló cuando la participación laboral
femenina era muy baja y no estaba contemplado el acceso a una jubilación sin
aportes. En la actualidad es más frecuente que las mujeres tengan su empleo y todas,
llegadas a la edad, acceden a su propia jubilación. Bajo este nuevo escenario
las pensiones llevan a la masificación de la doble cobertura.
Más allá de la irritación que
producen los elevados beneficios otorgados a ex-presidentes, el principal
desafío es abordar un ordenamiento integral. La orientación debería ser que
todos los ciudadanos sean iguales ante la ley, esto es, que se debería tender
gradualmente a eliminar todos los tratamientos especiales. Bajo la misma
lógica, la pensión derivada debería ser una cobertura voluntaria, es decir, que
el titular en vida debería designar a la persona que recibirá la pensión ante
la eventualidad de su muerte y hacer los aportes adicionales que cubran su
costo. De esta manera se simplifica la gestión previsional, se evitan las
controversias y la discrecionalidad y se aporta a la sustentabilidad del
sistema.
Uno de los puntos del Acta de
Mayo contempla el ordenamiento previsional. En marzo del año próximo vencen las
moratorias aumentando la urgencia de abordar esta compleja tarea. La atención y
las energías deberían concentrarse en este desafío, más allá de algunos casos
puntuales que alcanzan trascendencia pública, pero que son de efecto marginal.
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