La decisión judicial de
imponer un bozal legal a la prensa sobre material de interés público
relacionado con la Secretaria General de la Presidencia reinstala el debate
sobre los límites del poder y el rol del periodismo. El caso "Tato"
Bores, un precedente de la Corte Suprema, cobra una vigencia inesperada y
preocupante.
Un profundo estado de alerta
se ha instalado en las redacciones y entre los defensores de las libertades
cívicas de Argentina. Una reciente medida judicial, que prohíbe explícitamente
a los medios de comunicación la difusión de audios que presuntamente involucran
a la hermana del Presidente y Secretaria General de la Presidencia, Karina
Milei, en una trama de supuestas coimas, ha cruzado una línea roja que la
democracia argentina creía haber dejado atrás: la de la censura previa.
La decisión, amparada en la
protección de la intimidad y el debido proceso de una investigación en curso,
constituye en la práctica un avasallamiento directo al artículo 14 de la
Constitución Nacional, que garantiza el derecho a "publicar sus ideas por
la prensa sin censura previa", y a los tratados internacionales con
jerarquía constitucional, como el Pacto de San José de Costa Rica.
Más allá del contenido de los
audios –cuya veracidad y relevancia noticiosa deben ser, precisamente, materia
de investigación y escrutinio periodístico–, el eje de la preocupación radica
en la herramienta utilizada: la mordaza judicial. Se impide el debate público antes
de que la información circule, un mecanismo que atenta contra la esencia misma
del periodismo, cuyo rol de "perro guardián" (watchdog) del poder se
ve así neutralizado de raíz.
En este delicado escenario, la
preservación de las fuentes periodísticas, otro pilar fundamental amparado por
nuestra Constitución, queda bajo una amenaza directa. ¿Qué incentivo puede
tener un ciudadano con información sobre presunta corrupción para contactar a
un periodista, si la Justicia puede luego prohibir la difusión de esa
evidencia, dejando al informante expuesto y al medio, silenciado? El mensaje es
intimidatorio y busca generar un efecto disuasorio sobre futuras filtraciones
que expongan las conductas de los funcionarios.
El eco del fallo
"Tato" Bores: cuando la Corte ya sentó jurisprudencia
Esta situación no es inédita,
pero su repetición en el actual contexto político resulta especialmente grave.
Es imposible no trazar un paralelismo con el emblemático caso de 1992, cuando
la jueza María Romilda Servini de Cubría censuró un sketch del humorista Tato
Bores. En aquel momento, la magistrada consideró que el monólogo la afectaba y
prohibió su emisión.
La sociedad reaccionó, y el
caso escaló hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En un fallo
histórico, que hoy es material de estudio en todas las facultades de Derecho y
Comunicación, el máximo tribunal revocó la censura y sentó una jurisprudencia
inequívoca: la libertad de expresión goza de una protección robusta y la
censura previa es, en principio, incompatible con el sistema democrático. La
Corte entendió que el posible daño al honor de un funcionario público debe ser
reparado a posteriori y por la vía civil o penal, pero nunca mediante el
silenciamiento previo, que priva a toda la sociedad de acceder a información y
opiniones.
Ese fallo no fue una victoria
para Tato Bores; fue una reafirmación de un pilar fundamental de la República.
El poder, por más que se sienta incómodo, irritado o injuriado, no puede
impedir que la prensa informe y que los ciudadanos opinen.
La decisión actual de vedar
los audios vinculados a Karina Milei ignora este faro jurisprudencial y nos
retrotrae a una lógica autoritaria. Se prioriza el presunto derecho al honor de
una funcionaria del más alto nivel por sobre el derecho colectivo de la
sociedad a estar informada sobre asuntos de evidente interés público, como lo
es cualquier sospecha de corrupción en el corazón del poder.
Desde esta redacción, y entendiendo la responsabilidad que nos compete, manifestamos nuestra más profunda preocupación. No se trata de una disputa entre un gobierno y un medio, sino de la defensa de una herramienta esencial para la vida democrática. Cuando la Justicia impone el silencio, es la República la que pierde la voz.
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